Ley Proteccion Datos. Generalidades.
Ley Proteccion Datos: Generalidades.
La Ley Orgánica de Protección de Datos se encarga de proteger y garantizar el tratamiento correcto de los datos de carácter personal, salvaguardando el Derecho Fundamental al honor, la intimidad personal y la propia imagen, recogido en la Constitución española en su Art. 18.1. De este mismo modo, garantiza el correcto tratamiento no sólo de su utilización, sino también de su tráfico.
Esta ley se aplica en todo el territorio español, y fuera de éste en aquellos casos en los que el responsable de su tratamiento se encuentre sujeto a la legislación española en virtud de normas de Derecho Internacional Público. Asi mismo, si encontrándose fuera de territorio europeo, utilice en el tratamiento de datos medios situados en territorio español, a no ser que el único fin sea el tránsito.
No se aplica este régimen a los ficheros que tengan personas físicas a título personal o doméstico, tampoco a aquellos que se sometan a la normativa específica de materias clasificadas. En el caso de ficheros que se refieran a investigación sobre el terrorismo o delincuencia organizada, tampoco es aplicable. Sin embargo, en este supuesto, el responsable de este fichero debe comunicar previamente su existencia, características, así como su finalidad a la agencia española de protección de datos.
Son datos de carácter personal aquellos que se refieren a las personas físicas identificadas o identificables. Un fichero, es un conjunto organizado de datos personales, independientemente de su forma, cómo se cree, almacene u organice. El tratamiento de datos se refiere a aquellas operaciones, automatizadas o no que permiten:
- La recogida
- Grabación
- Conservación
- Elaboración
- Modificación
- Bloqueo
- Cancelación
- Cesiones de datos que provienen de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias.